Desechan amparo de Juan Manuel Álvarez Inzunza, «El Rey Midas», socio de El Chapo Guzman

Juan Manuel Álvarez Inzunza, «El Rey Midas», presunto lavador de dinero de Joaquín «El Chapo» Guzmán, está muy cerca de ser extraditado a Estados Unidos.

Por dejar que pasara el plazo para litigar contra la Cancillería.  María Dolores Núñez Solorio, Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, desechó la demanda de garantías del sinaloense, por presentarla 7 días después de que venciera el término para combatir la orden de extradición.

Álvarez Inzunza ya impugnó en desechamiento del amparo y su suerte la definirá un tribunal colegiado penal. En caso de ratificarse la decisión de la juez, el extraditable será entregado a la justicia estadounidense.  Dado por muerto en julio de 2011, luego de un atentado en Culiacán, Sinaloa, Álvarez Inzunza fue detenido el 26 de marzo de 2016 en Oaxaca, donde vacacionaba.

La Policía Federal señaló que lavaba entre 300 y 400 millones de dólares al año.

Con los alias de Erick Tadeo Inzunza Zazueta, Juan Manuel Salas Rojo y Juan Manuel Tamayo Ibarra, «El Rey Midas» tenía una red de empresas y casas de cambio para el lavado.

Álvarez operaba en Jalisco y Sinaloa, pero también tenía intereses en Colombia, Panamá y Estados Unidos.

El país vecino del norte pidió su extradición para que sea juzgado en la Corte Federal del Distrito Sur de California, en San Diego, por seis cargos de asociación delictuosa, relacionados con delitos contra la salud y lavado de dinero.

Después de conseguir la reposición de su procedimiento, el 12 de marzo de 2018 el Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México emitió una opinión jurídica en la que estimó procedente su extradición.

El 13 de abril siguiente, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dictó el acuerdo en el que autorizó su extradición a los Estados Unidos.

Esta resolución le fue notificada al presunto lavador de dinero el 27 de abril de ese año en el Penal Federal del Altiplano, donde a la fecha permanece preso.

Contra esta decisión, Álvarez Inzunza presentó un amparo ante la juez Núñez Solorio, pero su demanda la interpuso el 18 de junio, fecha en la que la impartidora de justicia estimó que ya había fenecido el plazo legal de 30 días para hacerlo.

«Por ende, a la fecha de presentación de la demanda de amparo, el término de 30 días a que alude el artículo 17 de la Ley (de Amparo), transcurrió en exceso y, por ello, el peticionario de amparo consintió tácitamente el acto que ahora reclama consistente en el acuerdo de extradición de 13 de abril de 2018, emitido por el SRE», sentenció la juez Núñez Solorio.

De acuerdo con la juzgadora, el plazo de 30 días para la presentación del amparo transcurrió del 30 de abril al 11 de junio de 2018, sin contar un total de 13 días hábiles; es decir, lo presentó 7 días después de que venciera el plazo.

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